Licitación para la fabricación y provisión de tarjetas TAM intermodal para la red metropolitana de movilidad. Fecha límite de recepción de ofertas: 30 de julio de 2026. Apertura de ofertas técnicas el mismo día a las 15:00 hrs. Se requiere inscripción previa en el portal de licitaciones de Metro S. A. y registro de proveedores de medios de acceso. Las ofertas deben presentarse en dos sobres cerrados (técnica y económica) en formato digital (pendrive). Se solicita boleta de garantía de seriedad de oferta por UF 50. El plazo de ejecución del contrato es de 14 meses. El pago se realizará mediante transferencia bancaria previa emisión de orden de compra, dentro de 30 días desde la recepción conforme de la factura.
La prestación de los servicios contratados deberá efectuarse durante el plazo de 14 meses, a contar de la fecha de suscripción del respectivo contrato.
Metro S. A. pagará los servicios recibidos a su entera satisfacción mediante transferencia bancaria, previa emisión de orden de compra por parte de Metro S. A. , siendo condición necesaria para la emisión de este documento el cumplimiento íntegro de las condiciones contractuales pactadas. El pago se hará efectivo en un plazo 30 treinta días desde que se hubiere recepcionado a conformidad de Metro S. A. la factura emitida por el contratista.
Los proponentes deberán acompañar una boleta de garantía bancaria de seriedad de la oferta, incondicional e irrevocable, a nombre de Metro S. A. , por la suma de UF 50. Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la firma del contrato, el contratista deberá presentar una garantía de fiel cumplimiento consistente en hasta dos boletas de garantía bancaria, equivalente al 10% del valor total o máximo del contrato, impuestos incluidos.
Metro adjudicará la licitación total o parcialmente a el o los proponentes que hayan sido calificados y cuya oferta estime más conveniente a sus intereses, a su juicio exclusivo.
Solo podrán participar en esta licitación, las personas jurídicas [. . . ] que cumplan a satisfacción con las exigencias establecidas en las presentes bases y en sus especificaciones técnicas.
Metro S. A. [. . . ] se encuentra facultado para cobrar las multas indicadas en ellas, por los montos y causales expresados, lo que hará administrativamente, sin necesidad de decisión judicial o arbitral previa.
Cualquier modificación o alteración de los documentos que constituyen la licitación, así como cualquier condicionamiento o supuesto, que haya sido incorporado por un proponente en su respectiva oferta se tendrá por no escrito y podrá ser causal de descalificación, a sola decisión de Metro.